(*) El Beneficio aplica exclusivamente para los ingresantes al primer año de la carrera. Los siguientes años la bonificación se mantiene de acuerdo con el rendimiento académico de acuerdo a los siguientes parámetros:
Carreras de Pregrado y Grado: tener el 80% de las materias del año anterior rendidas y aprobadas y un promedio igual o superior a 7 (siete).
Carreras de Posgrado: tener el 80% de las materias del año anterior rendidas y aprobadas y un promedio igual o superior a 8 (ocho).
Estas condiciones pueden variar año a año y según el nivel académico. En el caso que la bonificación establecida en el Reglamento de Becas, sea mayor de acuerdo a las condiciones que fija el mismo (Personal Militar o Fuerzas de Seguridad y sus familiares directos) el beneficio se regirá por éste.
Las bonificaciones son extensivas a los asociados y el personal de la SMSV y a sus familiares directos. Para hacerse acreedor a la bonificación, los postulantes deberán acreditar fehacientemente su vinculación a SMSV mediante la presentación de una constancia de asociado y en el caso de familiares junto con la constancia del titular la documentación que acredite el vínculo familiar.