SEPELIO / CREMACIÓN

No es una despedida, es la tranquilidad para sus afectos

Llame al 0800-999-7373

Servicio de Sepelio y Cremación

Beneficio exclusivo para Asociados y Usuarios por convenio que abonen cuota social entera y sus familiares adheridos.

El Servicio integral de Sepelio y Cremación se brindará sin costo a todos los asociados y usuarios por convenio por el solo hecho de abonar Cuota Social que hayan ingresado antes del 01-09-2021. A partir de esta fecha todo socio o usuario por convenio que ingrese, que abone cuota social y sea menor de 70 años contará con este servicio. Todo mayor de 70 y menor de 81 años ingresado luego de esa fecha, podrá contratar el mismo abonando el arancel correspondiente y cuenta con ambos servicios.

También podrán contratar con costo adicional:

  • El servicio de Sepelio: los familiares de los asociados hasta el 3° grado de parentesco y menores de 81 años.
  • El servicio de Cremación: todos los familiares hasta 3° grado de parentesco menores a 71 años.

La adhesión de un familiar deberá tramitarla el asociado titular a través de los diferentes canales de atención que pone a disposición la Sociedad Militar –Seguro de Vida -.

Carencia del Servicio de Sepelio y Cremación:

  • Nuevos asociados y/o familiares que contraten el Servicio Adicional de Sepelio: tres meses de producida el alta.
  • Familiares de asociados que ya estaban incluidos en el servicio de Sepelio: el servicio de Cremación entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a su contratación.

Estos servicios solo serán exigibles si el fallecimiento ocurre una vez concluido los períodos de carencia indicados.

Importante!

El beneficio consiste en la efectiva prestación de un Servicio de Sepelio y Cremación -es prestacional-, a ser brindado en todo el país.

El servicio se presta exclusivamente a través de una red de cocherías especialmente seleccionadas. Prestación básica.

 

  • Ataúd bóveda especial de madera; colores caoba o nogal con blondas volcables, en medida estándar o semiextraordinaria. Mortaja de Tafetina. Placa de identificación grabada
  • Traslado desde el lugar de fallecimiento hasta el lugar de velatorio y desde éste al lugar de inhumación (máximo 30 Km.).
  • Sala velatoria o capilla ardiente en domicilio, a elección de los deudos, con símbolos religiosos, velas artificiales, eléctricas, a gas -cirios naturales en caso de falta de suministro eléctrico-, atriles para coronas y palmas en cantidad suficiente.
  • Atención y control del servicio por personal uniformado.
  • Tratándose de personal Militar, de las Fuerzas de Seguridad o Policiales, a pedido de los deudos se podrá incluir Pabellón Nacional sobre el ataúd durante todo el ceremonial hasta la inhumación.
  • Coche fúnebre, coche portacoronas y dos autos de acompañamiento.
  • Trámites de Registro Civil y Municipales; una copia legalizada del acta de defunción, incluyendo los instrumentos legales de inhumación y cualquier otra tramitación judicial que correspondiera. Trámites de inhumación en cementerios.

 

Las contrataciones adicionales a la prestación, las tasas y/o impuestos municipales y/o por derechos de inhumación y/o arrendamiento de nicho o sepultura, certificado médico de fallecimiento en caso que corresponda, estarán a cargo exclusivo de los deudos.

 

Información adicional a la presente puede solicitarse llamando de Lunes a Viernes de 07:30 a 14:30 al 0810-222-7678

Rango de Edad Valor Mensual (*)
0-20 años $120,00
21-40 años $180,00
41-60 años $890,00
61-80 años $3.170,00
Más de 80 años $8.100,00

* Vigencia: 01/08/2026

Condiciones Generales

 

1. El Servicio Adicional de Cremación se brindan exclusivamente en el territorio de la República Argentina (prestadora designada “SMSV Compañía Argentina de Seguros S.A.”).
2. Solo podrán adherir como adicionales al Servicio de Cremación a los familiares hasta tercer grado de parentesco.

3. Limitación: Solo podrán incorporarse al Servicio Adicional de Cremación los familiares de los Asociados y Usuarios por convenio menores de 71 años de edad que cuenten con el Servicio de Sepelio de la Institución.

4. La baja del Servicio de Sepelio del Asociado o Usuario por cualquier causa producirá la baja automática de todos sus adicionales en los Servicios de Sepelio y de Cremación.
5. La solicitud de adhesión al Servicio Adicional de Cremación incluye la simultánea solicitud de adhesión al Servicio de Sepelio, tanto para el Asociado Titular como para los adicionales, autorizando así el cobro de los aranceles que correspondan por cada servicio a través de los canales habituales.
6. Cuando los prestadores de “SMSV Compañía Argentina de Seguros S.A.¨, no puedan brindar el servicio por causas no imputables al solicitante se reintegrará al titular de la factura de cremación, el importe correspondiente hasta la concurrencia con la suma establecida por el Directorio de Sociedad Militar Seguro de Vida – Institución Mutualista como sustitutiva del Servicio.
7. Vigencia: La contratación de este Servicio Adicional de Cremación entrará en vigencia el primer día del mes siguiente a su contratación y solo será exigible si el fallecimiento ocurre una vez concluido el período de carencia del Servicio de Sepelio, en caso de corresponder.

 

Rango de Edad Valor Mensual (*)
0-20 años $103,00
21-40 años $145,00
41-60 años $795,00
61-80 años $2.650,00
Más de 80 años $6.950,00

* Vigencia: 01/08/2026

El personal de la Armada que tenga contratada cobertura Ex-DIBA, tiene incorporado este servicio de cremación en forma gratuita.

Más info

Excepciones: Cuando por cualquier circunstancia atribuible a la Institución el servicio resultare de imposible cumplimiento y los gastos fueren afrontados por el grupo familiar o allegados al asegurado fallecido, quien se haga cargo de solventar los costos del sepelio tendrá derecho a percibir un reintegro por los gastos efectivamente incurridos, cumpliendo las formalidades establecidas y por hasta una suma máxima.

Para hacer uso de este servicio prestacional, es condición imprescindible que un allegado al fallecido se comunique el mismo día del fallecimiento y antes de contratar servicio alguno, con el Centro de Coordinación al 0800-999-7373 (las 24 horas). 

1901 – 125° Aniversario de la Sociedad Militar “Seguro de Vida” – 2026

Sociedad Militar “Seguro de Vida” – Institución Mutualista – Domicilio Legal Casa Central Av. Córdoba 1674 – CABA. CUIT: 30-52751673-7 Conf. Ley 20.321. Ley 11.723 – Ley 22.362. Resol. 789/98. Mercosur 45/06 – Sociedad Militar Seguro de Vida – ALyC / AN Propio – Reg. Nro. 258 de CNV – Miembros de MERVAL – 2017 SMSV – Buenos Aires – Argentina.

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